La mera presencia temporal del menor en España no desplaza la competencia internacional atribuida al Estado de su residencia habitual (AAP Bilbao 4ª 5 marzo 2026) Origen: La mera presencia temporal del menor en España no desplaza la competencia internacional atribuida al Estado de su residencia habitual (AAP Bilbao 4ª 5 marzo 2026)