No consta en la inadmisión del execuátur de una sentencia colombiana, pues no consta la firmeza de la sentencia, ni puede inferirse del documento aportado, por lo que no cabe apreciar indefensión (AAP Lleida 2ª 31 julio 2024) Origen: No consta en la inadmisión del execuátur de una sentencia colombiana, pues no consta la firmeza de la sentencia, ni puede inferirse del documento aportado, por lo que no cabe apreciar indefensión (AAP Lleida 2ª 31 julio 2024)