La ejecución en España de un laudo arbitral extranjero no puede promoverse antes de obtener su reconocimiento mediante execuátur (AAP Madrid 14ª 27 marzo 2026) Origen: La ejecución en España de un laudo arbitral extranjero no puede promoverse antes de obtener su reconocimiento mediante execuátur (AAP Madrid 14ª 27 marzo 2026)