Tratándose de un contrato internacional de consumo ha de aplicarse los fueros de competencia del Reglamento Bruselas I Bis, que no regula un mecanismo de control de oficio de la competencia internacional (SAP Málaga 5ª 16 diciembre 2025) Origen: Tratándose de un contrato internacional de consumo ha de aplicarse los fueros de competencia del Reglamento Bruselas I Bis, que no regula un mecanismo de control de oficio de la competencia internacional (SAP Málaga 5ª 16 diciembre 2025) Comparte esto: Compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X Comparte en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook Me gusta Cargando... Relacionado