El certificado sucesorio europeo no puede afectar a la legislación de origen que en su caso deberá ser probada si no resultara coherente el contenido del certificado con su contenido (Res. DGSJyFP 9 julio 2024) Origen: El certificado sucesorio europeo no puede afectar a la legislación de origen que en su caso deberá ser probada si no resultara coherente el contenido del certificado con su contenido (Res. DGSJyFP 9 julio 2024) Comparte esto: Haz clic para compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook Me gusta Cargando... Relacionado