La falta de competencia internacional debe realizarse mediante la declinatoria para el caso de que el tribunal no la haya apreciado de oficio en el momento de resolver sobre la admisión a trámite de la demanda (STS Civ 1ª 10 mayo 2023) Origen: La falta de competencia internacional debe realizarse mediante la declinatoria para el caso de que el tribunal no la haya apreciado de oficio en el momento de resolver sobre la admisión a trámite de la demanda (STS Civ 1ª 10 mayo 2023)